El Departamento del Tesoro y el Servicio de Impuestos Internos (IRS) han emitido una guía de procedimiento para el año 2024 del Programa de Crédito de Bonificación para Comunidades de Bajos Ingresos bajo la Sección 48(e) del Código de Impuestos Internos. El Tesoro también anunció que el programa se abriría para solicitudes durante el segundo trimestre de 2024.
Alternativas a la RED
Este programa a través de la Ley de Reducción de la Inflación proporciona una bonificación del 10 o 20% al Crédito Fiscal a la Inversión (ITC) para pequeñas empresas calificadas. montaje solar o instalaciones eólicas en comunidades de bajos ingresos, en tierras indias, como parte de desarrollos de viviendas asequibles y en beneficio de hogares de bajos ingresos.
En el primer año del programa, la administración recibió más de 46.000 solicitudes en los primeros 30 días de comunidades de todo el país, lo que indica una demanda sólida. Este año, el gobierno está desbloqueando 1,8 GW de capacidad adicional.
"El primer año de implementación vio una demanda altísima de inversiones en energía solar y eólica en comunidades desatendidas, y esperamos que ese impulso continúe este año", dijo el subsecretario del Tesoro de Estados Unidos, Wally Adeyemo. "Estas inversiones están creando empleos y reduciendo los costos de energía en comunidades que durante mucho tiempo se han visto frenadas por la falta de inversión, además de brindar nuevas oportunidades para que las pequeñas empresas de estas comunidades se beneficien del crecimiento de la economía de energía limpia".
Como se indicó en orientaciones anteriores, el Programa de crédito de bonificación para comunidades de bajos ingresos asigna anualmente 1,8 GW de capacidad disponible a través de una solicitud competitiva en cuatro categorías de instalaciones solares o eólicas calificadas con una producción máxima de menos de 5 MW.
El programa 2024 asignará inicialmente hasta:
600 MW a instalaciones ubicadas en comunidades de bajos ingresos;
200 MW a instalaciones ubicadas en tierras indias;
200 MW a instalaciones que forman parte de edificios residenciales subsidiados por el gobierno federal;
800 MW a instalaciones donde al menos el 50% de los beneficios financieros de la electricidad producida se destinen a hogares con ingresos inferiores al 200% del umbral de pobreza o inferiores al 80% del ingreso bruto medio del área.
Para el año del programa 2024, al menos el 50% de la capacidad de cada categoría se reservará para proyectos que cumplan con ciertos criterios de propiedad y/o selección geográfica como se describe en las directrices del Tesoro y del IRS.